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En un ejercicio de transparencia, la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente, como defensor público de los pagadores de impuestos, da a conocer los argumentos de inconstitucionalidad que está haciendo valer en las demandas de amparo que tienen por objeto combatir el límite a las deducciones personales que se estableció en el artículo 151, último párrafo, de la Ley del ISR vigente a partir de 2014.
La estrategia legal que se revela va dirigida exclusivamente a aquellas personas físicas que durante 2014 obtuvieron ingresos menores a un millón de pesos, ya que se constató, derivado del análisis que se hizo a la citada disposición, que mientras más bajos son los ingresos de estos contribuyentes, mayor impacto económico tiene el tope diseñado por el legislador en la economía personal y familiar; dicho tope, se recuerda, es la cantidad que resulte menor entre 4 salarios mínimos generales elevados al año, o el 10% del total de los ingresos de la persona física.
Los amparos intentados no buscan que se acceda a deducciones personales ilimitadas, sino pretenden lograr que a aquéllos contribuyentes que se vieron perjudicados por el límite del 10% de sus ingresos, se les permita deducir una cantidad de hasta cuatros salarios mínimos generales elevados al año, precisamente por lo inequitativo y regresivo de esta medida.
Fuente:
http://www.prodecon.gob.mx/index.php/home/p/noticias/1820-amparo-contra-el-limite-a-las-deducciones-personales
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